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Alojamientos

Existe una extensa y variada gama de establecimientos hoteleros, que conforman un conjunto de posibilidades de alojamiento para los más variados perfiles de turista.

En esta sección puede encontrar información sobre los establecimientos inscritos en el Registro de Actividades Turísticas del Principado de Asturias.

Recuerde que:

  • HOTELES son edificios planificados y acondicionados para albergar a las personas temporalmente. Pueden proveer a sus clientes de servicios adicionales como restaurantes, piscinas o jardín.
  • HOTELES RURALES son establecimientos con un singular valor arquitectónico o que responde a la arquitectura tradicional asturiana de la zona, que ofrecen servicios de alojamiento en un entorno tradicional, cuya máxima capacidad es de 36 plazas y se clasifica de 1 a 5 estrellas.
  • PENSIONES son todas aquellas, que por su dimensión, estructura, infraestructura, servicios y otras características no pueden ser clasificados como hoteles. Se clasifican de 1 a 2 estrellas.
  • APARTAMENTOS RURALES son establecimientos que constituyen edificios o construcciones que responden a la arquitectura tradicional asturiana de la zona, proporcionando servicio de alojamiento. Su capacidad máxima es de 36 plazas y se clasifican de 1 a 4 llaves.
  • APARTAMENTOS TURÍSTICOS son establecimientos destinados a prestar el servicio de alojamiento turístico que estén compuestos por un conjunto de unidades de alojamiento, que podrán ser edificios de pisos, casas, villas, chalés o similares. Deberán de disponer de mobiliario e instalaciones adecuadas para la conservación, elaboración y consumo de alimentos y bebidas dentro de cada unidad de alojamiento. Se clasifican de 1 a 4 llaves.
  • CASAS DE ALDEA son viviendas independientes con características arquitectónicas asturianas cuya contratación puede ser por habitaciones y con servicio de desayuno (Casa de Aldea Compartida) o bien se puede contratar íntegramente el inmueble para uso exclusivo del cliente (Casa de Aldea Íntegra). En ambos casos su capacidad máxima es de 15 plazas y la clasificación de éstos establecimientos es de 1 a 3 trísqueles.
  • VIVIENDA VACACIONALES son viviendas en las que se presta únicamente servicio de alojamiento mediante precio, de forma habitual y profesional, y no se encuentran comprendidos en algunas de las modalidades anteriores. Se referirá sólo al alojamiento íntegro y no por habitaciones.
  • ALBERGUES TURÍSTICOS son establecimientos que ofrecen de modo habitual y profesional el servicio de alojamiento por plaza en habitaciones de capacidad múltiple junto con la práctica de alguna actividad relacionada con el entorno.